El interés superior del niño es el principio rector de la convención y de todas las decisiones y medidas concernientes que se adopten en materia de las infancias, ya sea por autoridades administrativas, judiciales, públicas o privadas. Asegurar la protección, el respeto a las diferencias sin ningún tipo de discriminación y garantizar el compromiso de velar por los derechos de los niños es un compromiso que los adultos tienen para con ellos, en el rol que cada uno desempeñe; la familia como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento y bienestar de los niños y el Estado mediante las medidas apropiadas que garanticen los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Abogar en materia de niñez representa asegurar el interés superior del niño, para poder ofrecer soluciones legales que contribuyan a la mejor calidad de vida que un ser humano en desarrollo pueda alcanzar.
La intervención en los derechos del niño, implica valorar su opinión, fomentar la expresión y la escucha de sus necesidades, teniendo debidamente en cuenta su edad y grado de madurez.
Mucha gente pequeña, en lugares pequeños, haciendo cosas pequeñas, puede cambiar el mundo.